miércoles, 18 de agosto de 2010

Las naftas deben bajar mañana

El Gobierno nacional oficializó hoy su decisión de ordenar a toda la cadena de producción y comercialización de combustibles retrotraer los precios a los valores vigentes al 31 de julio pasado.
La resolución 295/2010 de la Secretaría de Comercio Interior, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial y comenzará a regir a partir de mañana, fue adoptada “con el fin de evitar el impacto en los precios de los productos y/o servicios indispensables para la población”, según consta en sus considerandos.
Según la dependencia a cargo de Guillermo Moreno, “durante el último año, los combustibles líquidos han experimentado sostenidos aumentos en dichos precios, causando estas alzas, efectos perjudiciales para los diferentes sectores de la economía”.Esto es “público y notorio”, admite, ya que “los medios de información nacionales han reflejado reiteradamente la situación”.
Para Comercio Interior, “resulta indispensable preservar el abastecimiento, ya que éste conlleva a satisfacer las necesidades básicas de la población, siendo para ello necesario que la medida atienda todos los procesos económicos y las etapas vinculadas a la actividad”.
Asimismo, asegura que “la Ley 20.680 (conocida como Ley de Abastecimiento) constituye una herramienta jurídica eficaz para sistematizar las relaciones entre los agentes económicos, especialmente en la prevención o represión de conductas especulativas o distorsivas en la provisión de productos y servicios, así como también respecto de sus precios”.
“A efectos de provocar un factor de corrección que reordene el mercado, las medidas que se adoptan por la presente resolución, deben aplicarse a la totalidad de los integrantes de la cadena de comercialización”, advierte la norma.
Y agrega que “cada uno de los integrantes de la cadena de comercialización, intermediación, distribución y/o producción, podrá denunciar su incumplimiento”.
En el anexo a la resolución, se establece que las empresas refinadoras y expendedoras deberán cubrir con los precios establecidos la demanda de combustibles líquidos requeridos por el mercado en todo el territorio argentino.
Y que se deberá respetar como mínimo los volúmenes oportunamente abastecidos en igual mes del año inmediato anterior, más el incremento de demanda combustible líquido y el incremento del Producto Bruto Interno.

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