Tierno había protestado, en principio (el 19 de marzo) porque algunos integrantes de su equipo de gobierno le chimentaron que el magistrado, el día 1° de marzo cuando se produjeron los incidentes en el municipio, había sugerido que Tierno debía “salir caminando por la puerta”, siempre y cuando “tuviera pelotas”.
“Esas expresiones –dijo Tierno primero– denotan animosidad manifiesta contra mi persona, la que debo asimilar a la enemistad manifiesta, como así también prejuzgamiento (al haber hecho referencia con esos comentarios a algún nivel de responsabilidad del suscrito en los hechos que acontecían en el ámbito del edificio municipal y que incluso motivaran la presencia del citado)”.
Flores rechazó la recusación –con argumentos imperdibles, que se publicarán en el próximo post– y entonces Tierno volvió sobre sus pasos: le planteó a la Cámara 1 que desistía de la recusación.
Apuntó: “Teniendo en cuenta que el mismo juez admitió haber formulado las expresiones y con ello la veracidad de la génesis de mi planteo, entiendo en todo el contexto que corresponde admitir las explicaciones y que no han constituido aquellas expresiones no exteriorización de enemistad manifiesta ni menos aún, relativización ni pérdida de imparcialidad hacia mí para el rol de Juzgador” (sic).
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