martes, 2 de febrero de 2010

Sí se puede auditar la deuda

A raíz de lo que días atrás planteó el abogado Gustavo Arballo, hoy en el diario La Arena se publica una visión distinta del mismo tema. El historiador Alejandro Olmos Gaona, autor de "La deuda odiosa", sostiene con argumentos que la deuda argentina sí se puede auditar, y que hay suficientes pruebas de que es ilegítima. Entre otras cosas, plantea:

  • Yo he cuestionado la sentencia del juez Ballestero por sus limitaciones, pero acredita en forma contundente cómo fue el proceso de endeudamiento de la dictadura, a través de documentos, testimonios, y la inobjetable pericia de expertos en materia económica.
  • Sí existió contraparte, ya que la denuncia se efectuó contra el ex ministro José Alfredo Martínez de Hoz, quien fue procesado, prestó declaración indagatoria, fue asistido por su hijo como defensor, y controló la prueba.
  • Aquí se pretendió trasformar un fraude en algo lícito. Y al respecto no es ocioso recordar que el Congreso Nacional desconoció todos los actos administrativos realizados por la dictadura mediante la Ley 23.062.
  • No es un error grosero considerar deuda externa la contraída por las empresas públicas, porque todos los préstamos fueron contraídos con bancos extranjeros, en contratos celebrados en el extranjero, y sometidos a la legislación extranjera. Posiblemente yo pudiera equivocarme, pero dudo que tres de los eminentes peritos de la causa: Dres. William Leslie Chapman, Alberto Tandurella y Sabatino Florido, que así la consideraron cometieran tan grueso error.
  • El principio de estoppel rige contra actos regulares de gobiernos, no contra actos ilegales, donde se haya desconocido la Constitución del país, y se haya violado la legislación interna, y al respecto mi amigo el embajador Miguel Angel Espeche Gil, escribió un meduloso trabajo sobre el tema.
  • Es importante recordar que en todo este proceso de la deuda, no se trata de contratos celebrados regularmente por los gobiernos que sucedieron a la dictadura, sino de verdaderas imposiciones, violatorias de la autonomía de la voluntad, donde hubo complicidad de los funcionarios del Estado, con los bancos extranjeros, y con los organismos multilaterales que realizaron acciones violando sus reglamentos y sus cartas constitutivas.
  • Creo que resulta inexcusable, tratar de manera tan superficial un tema extremadamente grave y complejo y desconocer el manejo de los organismos financieros.

7 comentarios:

gA dijo...

Dejo mi punto acá, que es donde empezó todo, obviando las chicanitas de Olmos, que me avisa que tiene un amigo embajador.

A ver si se entiende: como hincha y socio del Club Atlético Santa Rosa me encantaría poder armar un buen argumento legal que funcione en el derecho argentino para relevar al club de las obligaciones y pasivos generados por la nefasta actuación de la dirigencia que fue condenada por administración fraudulenta.

Tristemente, incómodamente, no lo tengo. En la vida en general, en el derecho en particular, uno no puede tener siempre lo que quiere.

La equivalencia no sería exacta, pero algo parecido (me) ocurre con las obligaciones de la deuda nacional.

No hay ningún argumento legal que nos funcione en las particulares condiciones de nuestro caso: algo que una nación soberana pueda presentar, luego de 27 años de democracia, para decir que ahora va a repudiar la deuda que durante todo este tiempo reconoció, contrayó y fue cancelando a lo largo de siete gobiernos legítimos, negociando quitas en capital e intereses.

Esto implica el decaimiento a alegar una causal de nulidad, dado que el país, al pagar o renegociar sin formular reservas, se ha comportado de tal manera que debe considerarse que ha dado su aquiescencia a la validez de las obligaciones, cuestión que aparece resuelta por la práctica internacional (ver, p.ej., Art. 45 inc. b de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados).

Desde el punto de vista del derecho interno, como república nos obligan actos continuos de gobiernos indiscutiblemente democráticos, revalidados a través de negociaciones y pagos que el Ejecutivo ha cumplido como representante de las relaciones exteriores, que trece composiciones distintas del Congreso han venido avalando año a año al votar el presupuesto y aprobar las cuentas de inversión de la Administración Nacional, que incluían las correspondientes previsiones para los servicios de la deuda pública.

En una entrevista que me hicieron en la radio de las madres aclaré que la auditoría era posible, pero decir que la auditoría nos permitirá luego la justificación del no pago, o que toda la deuda es nula por el fallo de un juez que no tenía jurisdicción, es vender espejitos de colores.

Anónimo dijo...

Grande, Gustavo. Por otra parte: este señor, a quien no conozco, tenía necesidad de expresarse de una manera tan irrespetuosa?

soliman el magnifico dijo...

que feo es ver a un k que se la da de progre defendiendo el pago de la deuda externa contraida ilegitimamente con la dictadura y tambien defendiendo el uso de las reservas para pagar vencimientos.
y despues los golpistas y los destituyentes son los opositores, mientras el matrimonio k hace negocios personales usando al estado a las risas mientras sus boludos obsecuentes no saben como hacer para defender a estos grandes millonarios de la patagonia.

Anónimo dijo...

¿Quién es Gaona?

http://www.diarioperfil.com.ar/edimp/0313/articulo.php?art=11079&ed=0313

Anónimo dijo...

que es contrayó?

gA dijo...

Ups 1, donde dice "contrayó", lease "contrajo" de contraer, o endeudarse. Ups 2, donde dice "historiador especialista", léase el link de anónimo (gracias!).

Anónimo dijo...

Así es, Soliman, tan feo como ver que en el furor antiK los opositores cerrados (entre los que te incluyo) terminan apoyando políticas neoliberales.

LinkWithin

Related Posts with Thumbnails