viernes, 5 de septiembre de 2008

La ley es la trampa


Al final, ¿para qué carajos existen las leyes si después se permite cualquier cosa?
La ley es la trampa, eso ya se sabe, así que estas líneas pueden estar sospechadas de cualquier cosa, menos de un fanatismo normativo. Pero si los mismos tipos que hacen las leyes, las aplican, las cambian, las derogan y las interpretan son los que las incumplen, es porque algo no anda bien.
La Ley Orgánica de Municipalidades dice que un procesado por delito doloso no puede asumir ni como intendente ni como concejal. Y sin embargo esta tarde Oscar Vignatti –que es un procesado por delito doloso– asumirá como concejal, como si nada. Es decir: el resto de los concejales, que no están procesados, aceptarán estar a su altura.
Ocurre que una jueza metió la cola para definir la “inconstitucionalidad” de la normativa que impide su asunción. Ahora… si las leyes se aplican así, de acuerdo a los momentos, las personas y las oportunidades, ¿por qué más vale no las cambian, o las anulan, o les hacen un asterisco que aclare que serán aplicadas según el antojo de los que manejen el Estado en ese momento?
También es la ley la que establece –con la misma claridad– que una persona que tiene una jubilación por invalidez no puede desempeñar ninguna relación en actividad de dependencia. Y sin embargo esta tarde Sulma Valenzuela –que tiene una jubilación por invalidez– asumirá como concejal, para cumplir una actividad en relación de dependencia.
¿Para qué está la ley, entonces? El argumento formal en este caso es que presentará su renuncia a la jubilación. ¿Pero cómo? ¿Entonces en qué quedamos? Si en el año 2001, cuando consiguió su jubilación, una junta médica resolvió que era incapaz en un 66% o más para ejercer su tarea de oficinista, ¿cómo es que ahora está tan capacitada para ser concejal?

18 comentarios:

Anónimo dijo...

Son patéticos... somos patéticos... q parte no entendieron los del frepam?.. sigue más de los mismo.. nos para q carajo se dividen en peronistas y radicales... son lo mismo tansan con todo.. sólo les importa el poder... y ver quien gana el clásico... !!! no hay nadie q se rescate??... no da... deberíamos poner un bomba y que exploten todos... !!

Anónimo dijo...

Lo que pasa es que la Jueza es la misma que se dio el lujo de parar un juicio político (el de Romero Onetto), cagándose en la división de poderes.
Sigue igual. Interpreta la ley a su gusto.
En fin, que Vignatti está procesado y en más de una causa no se lo saca nadie. El bochorno está igual aunque formalmente asuma.
No tiene vergúenza...

(qué es lo que no entendés vos, buzz..., animal colocador de bombas; no te queremos en Santa Rosa, somos pacíficos)

gA dijo...

Amigos, ocurre que saber leyes no es saber derecho porque muchas leyes tienen problemas de constitucionalidad.

Si leés el art. 51 de la Ley Orgánica de Municipalidades resulta que el Concejo tiene la potestad de compeler por la fuerza (!) al miembro que no quiera ir a una sesión, vedando de esa forma el derecho de un concejal a no dar quórum.

Y si lees la Constitución de La Pampa, no se podría hacer una manifestación sin "preavisar" a la autoridad (art. 21 Const.). Feo eso.

Pero esto no es sólo problema de la legislación local: miren el art. 230 del Código Penal y van a ver ahí un texto que em dps incisos incrimina -inconstitucionalmente- casi cualquier manifestación o protesta que se quiera hacer.

Así que mejor no propiciemos estos criterios de dura lex sed lex.

En el caso de Vignatti, no fue que la jueza metió la cola espontáneamente: le presentaron un amparo y resolvió en línea con lo que se viene diciendo en la materia. Incluso hace unos años la Corte Suprema declaró inconstitucional un artículo de la Constitución de Corrientes que le impedía presentarse como candidato a Romero Feris estando procesado.

Es que hay que meterse en la cabeza que procesamiento es una cosa distinta de la condena firme, y que mientras no haya ésta todo individuo -sea Vignatti, Romero Feris, María Julia, Chabán o el Loco Patricio- está en un estado jurídico de inocencia.

En mi interpretación de la Ley Orgánica, esto no impide que un concejal procesado sea suspendido o destituido por el mismo hecho que motiva su eventual responsabilidad penal, pero para eso se necesitarían los dos votos del cuerpo como en cualquier suspensión o destitución política.

Hay además otro argumento fuerte que viene de la Convención Americana de Derechos Humanos, por la que sólo puede restringirse la participación política en casos de sentencia firme en un proceso penal.

Lo cual me lleva a Valenzuela. La incapacidad física declarada para cumplir una función como agente público no implica impedimento para participar en elecciones (de vuelta, miremos el art. 23.3 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que es de rango constitucional, que sólo habla de capacidad civil o mental como posiibles causales de exclusión) y el derecho de ejercer el cargo para el que uno fue elegido es mera consecuencia de eso.

Lo que no puede hacer la mujer es cobrar la pensión mientras cobra como concejal, pero eso es otra cosa.

Anónimo dijo...

Un poco de humor. Si Tato viviera se haría un picnic.
Hacer click arriba.

Anónimo dijo...

Está bien Gustavo, muy "aclarante"; pero seguimos en que la ley tiene el color de quien la mire. Si no entendí mal, son dos carriles separados: la Justicia y el Concejo (que debe aceptar los pliegos de éstos 2 individuos). La concejal electa Cristina Requejo (FREPAM) dijo que "políticamente" sería un error aprobarlos. Y creo que por ahí pasa un poco la cosa, por un sentimiento de "frustración" por parte del electorado que votó al Frente, de los marchistas y del público en general. Porque además de la cuestión judicial, también está el insoslayable tema de que, Vignatti, por ejemplo, quiere "hacerse" de la función pùblica nuevamente con un único sentido mercantilista. Y esto se sabe de acá a la Cina; es más, creo que ni él mismo lo niega. Y Valenzuela... bue, no se que decir ni me imagino para qué quiere ser la "jefa de la bancada opositora". Ahora, el punto es que se "supone" que los concejales son el brazo ejecutor de los vecinos. Me parece que está claro que los vecinos no quieren que se les meta la mano en el bolsillo, que se les cercenes las libertades, que se les metan adentro de las casas a espiarlos, que se les diga a qué hora y qué día tienen que hacer tal o cual cosa, etcétera. Y justamente estos dos individuos son exactamente los peores ejemplos de eso. Lo que te pregunto: ¿qué pasaría si el Concejo NO aprueba los pliegos? ¿qué pasaría si el Concejo SI aprueba lo pliegos? Hipotetizá un poco, divagá, que a vos te gusta. Gracias y dejá el número de cuenta así te pagamos la consulta.

Anónimo dijo...

Sí, Gustavo, pero aunque la ley lo autorice queda el oprobiio moral y el bochorno de asumir en esas condiciones.
Por otra parte, vos sabés bien como abogado que siempre, pero siempre siempre existe alguna opinión fundada opuesta a la corriente predominante.
Y hay más: un procesamiento si bien no es condena, se dicta si hay "semiplena prueba". El principio de inocencia no es absoluto, ejemplos:
1) Cajero procesado por supuesto hurto de caudales. El procesamiento sì o sì debe significar el apartamiento de sus funciones: la sospecha grave hace que el principio de inocencia fuera una ingenuidad si se lo mantiene en esas funciones. Si luego es inocente, fenòmeno, pero si es culpable le das un par de años para que siga robando?
2) Maestro procesado por abuso de menores. No necesito darte cátedra en esto, el procesamiento (reitero, que implica algo más que una sospecha) debe impedir automáticamente que continúe con sus fucniones. Si vos creès que en estos casos el principio de inocencia juega igual para el cajero o el maestro procesados que para cualquier particular, estàs confundiendo gravemente las cosas.
3) Funcionario público procesado por abuso del poder en funciones similares....
qué, cómo? ah, ¿que es justamente el caso de Vignatti?
mirá vos....

Anónimo dijo...

por un lado está la necesidad de empezar a gobernar, porque hace 9 meses que estamos en el limbo y la ciudad necesita arrancar.

Por otro está la parte ética, que exigimos los movilizados, autoconvocados, etc, sin la cual el gobernar tiene patas cortas, porque hay al menos tres concejales tiernistas condenados por la población aunque armen todo tipo de chicanas ante la justicia, como la "inconstitucionalidad".

Designen entonces una comisión especial, como se hizo con la CONADEP en su tiempo y limpiemos de una vez tanta basura.

gA dijo...

Yo creo que si el Concejo Deliberante vota una suspensión o exclusión de un Concejal estamos frente a un acto político en el cual la justicia no se puede meter, salvo en hipótesis de manifiesta arbitrariedad (p.ej., que hayan alegado que Fulano estaba imputado cuando en realidad no lo estaba).

Fíjense una paradoja: un Concejal no puede estar procesado, pero un Secretario Municipal, sí: la Ley no impone su suspensión en el cargo. Y convengamos que un Concejal no va a hacer mucho por sí mismo (contribuye con su voto a una decision del cuerpo), mientras que un Secretario tiene firma para más de una cosa, incluyendo contratos, reglamentaciones, privilegios que puede conceder, etc.

La idea de inocencia hasta sentencia firme no impide que simultáneamente con el proceso penal se tomen otras medidas disciplinarias: es lo que ocurre con el caso de la maestra o del bancario.

En este caso, el (único) facultado para tomar las medidas disciplinarias es el propio Concejo. Y creo que si un amparo le ordenara al CD abstemerse de hacerlo estaría invadiendo poderes inherentes al Departamento Legislativo.

En este marco no se requeriría que sea por un acto estrictamente de la función ni que esté procesado: si un Concejal apuñala un vecino en la vereda de modo flagrante, aún cuando no haya procesamiento en la próxima sesión el Concejo puede destituirlo.

Una absolución penal por beneficio de la duda no debería influir en la destitución política, porque en tal caso, la duda debe ser a favor de la sociedad que tendrá razón en sospechar.

Políticamente es difícil que eso pase porque se necesitan dos tercios, 8 votos.

Anónimo dijo...

Perdonen que por alli mis pensamientos no sean tecnicos, pero: ¿los diputados del Frepam no aprobaron la intervención del Concejo Deliberante? ¿No son los mismos concejales del Frepam los que fueron intervenidos los que ahora son nuevamente concejales? ¿Y los que fueron funcionarios de Tierno son ahora concejales? ¿Y Requejo habla de lo "politicamente erróneo?
Ya se que las leyes y el sentido común van por carriles opuestos, pero, ¿tienen idea estos señores cuando hablan de lo politicamente correcto o incorrecto?
¿O el pueblo, una vez mas, debe observar "de afuera" como se acomodan "los de siempre"?
Realmente, la municipalidade Santa Rosa, en este ultimo tiempo, se parece mas a un festival de Cosquín, que otra cosa: están Los del Alba, Los de Siempre, Los Tucu Tucu...
¿Para que sirven las leyes si las respuestas son "políticas?
En fin... dudas y mas dudas...

Anónimo dijo...

Es bueno el dato de los 2/3 u 8 concejales, Gustavo. ¿A vos te parece que ninguno de los 5 concejales del PJ son "comprables"? Jajajaja, esto no figura en ninguna ley. Son más fáciles que robarle los chorizos a Ricchi y más burros que Platero. El tema es si el Frepam se va a animar a rebotarles los pliegos...

Anónimo dijo...

che fisgones como es que los del frepam van a dejar asumir a Vignatti, no muchachos no empiecen con el pie izquierdo, sacamos al autoritario pero no transen que la gente los estan mirando....

Anónimo dijo...

me mato el sorete EMO , juaz juaz

Elena dijo...

Sulma tiene el 34% móvil...

Anónimo dijo...

ARBALLO, querido, asesoramiento gratis no, que paguen un abogado si quieren saber como es la cosa

Anónimo dijo...

Es que no es "asesoramiento gratuito" lo de Arballo. Más bien lo interpreto como un intento postrero de que los fisgones se dignen no insistir con eso de la "mano dura", cuando los objetivos de sus imprecaciones son determinadas personas, por reprochables que estas puedan parecerles. Demasiado tenemos con las editoriales de Santesteban, que pregona la derogación de los derechos y garantías para un solo lado. La violencia, siempre, es suicida para el campo popular. la derogación de las garantías es violencia. La lógica binaria castrense de amigo/enemigo es un insumo a revisar cuando se preguntan "qué hacer" de ahora en más. La construcción del enemigo supone la asignación de buenos y malos roles a priori, para explicar la historia mediante reduccionismos (ver Le Monde), casi siempre injustos.

Anónimo dijo...

sin rencor pero con memoria, ver http://es.youtube.com/watch?v=GG1WRE0T2r8&feature=related

Anónimo dijo...

sulma está buena, dejenla de joder

Anónimo dijo...

El que insistía con la mano dura era el procesado ex intendente, querido lector anónimo 21:59. No sotros sólo intentamos hacer periodismo.

LinkWithin

Related Posts with Thumbnails